Requisitos Plan Estatal de Vivienda

51732458 - mortgage loading and property document concept for real estate

El Gobierno nos acaba de presentar el que será el nuevo Plan Estatal de Vivienda, que comprenderá el periodo comprendido entre 2018 y 2021 y que vuelve a contemplar ayudas muy interesantes al alquiler, ayudas para los mayores, para gente que cobre menos de 3 veces el IPREM, y nace una nueva ayuda a la compra de una vivienda para los jóvenes.

Lo malo de estas ayudas es que la Administración saca la Ley y da un plazo de 15 días para presentarlas, por lo que os aconsejamos estéis pendientes de nuestras publicaciones, donde os avisaremos del plazo y os ayudaremos, si lo necesitáis, a solicitar las ayudas.

En esta sencilla guía podrás comprobar si tú puedes pedir alguna ayuda:


AYUDAS GENERALES AL ALQUILER

Edad: sin límite de edad.

Beneficiarios:

1.- Hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM.

2.- La vivienda arrendada debe ser el domicilio habitual y permanente.

3.- No pueden acceder a estas ayudas quienes sean propietarios de otra vivienda o tengan el usufructo de la misma, salvo que puedan acreditar que no pueden disponer de la misma por causas ajenas a su voluntad (divorcio, separación…)

Alquiler: hasta 600 euros mensuales -900 euros en casos justificados-.

Importe de la ayuda: hasta el 40% del alquiler. Es decir, estamos hablando de ayudas de hasta 240 euros al mes -hasta 360 euros en casos justificados-. En términos anuales se traduce en ayudas de hasta 2.880 euros.

Plazo: 3 años. En el Plan Estatal de Vivienda 2013-2016 las ayudas se concedían por un año prorrogable por otro más.


AYUDAS A JÓVENES PARA COMPRAR CASA

Edad: hasta 35 años en el momento de la solicitud.

Beneficiarios:

1.- Hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) que está fijado actualmente en 532 euros. Es decir, 22.365 euros anuales.

2.- La vivienda arrendada debe ser el domicilio habitual y permanente durante un mínimo de 5 años.

3.- No pueden acceder a estas ayudas quienes sean propietarios de otra vivienda o tengan el usufructo de la misma, salvo que puedan acreditar que no pueden disponer de la misma por causas ajenas a su voluntad (divorcio, separación…)

Importe de la ayuda: hasta 10.800 euros con el límite del 20% del precio de adquisición. Es decir, imaginemos una vivienda de 50.000 euros. El 20% del precio de adquisición es de 10.000 euros. El beneficiario optaría a una ayuda máxima de 10.000 euros.

AYUDAS A JÓVENES PARA ALQUILAR CASA

Edad: hasta 35 años en el momento de la solicitud.

Beneficiarios:

1.- Hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM.

2.- La vivienda arrendada debe ser el domicilio habitual y permanente durante el periodo de la ayuda.

3.- No pueden acceder a estas ayudas quienes sean propietarios de otra vivienda o tengan el usufructo de la misma, salvo que puedan acreditar que no pueden disponer de la misma por causas ajenas a su voluntad (divorcio, separación…)

Alquiler: hasta 600 euros mensuales -900 euros en casos justificados-.

Importe de la ayuda: hasta el 50% del alquiler mensual. Es decir, estamos hablando de ayudas de hasta 300 euros al mes -hasta 450 euros en casos justificados-. Esto se traduce en ayudas de hasta 3.600 euros al año.

Plazo: 3 años.

 

AYUDAS A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DESAHUCIO

Edad: sin límite de edad.

Beneficiarios:

1.- Propietarios o inquilinos que hayan sido objeto de desahucio.

2.- Hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM.

3.- Hogares sin posibilidad de acceder a otra vivienda

Precio del alquiler: entre 150 y 400 euros al mes.

Importe de la ayuda: 400 euros al mes, según los criterios de los servicios sociales de la Comunidad Autónoma o del Ayuntamiento.

Plazo: 2 años.


AYUDAS AL ALQUILER A PERSONAS MAYORES

Edad: más de 65 años.

Beneficiarios:

1.- Hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM.

2.- Hogares sin una vivienda en propiedad.

3.- Patrimonio inferior a 100.000 euros.

Precio del alquiler: alquiler máximo de 600 euros -hasta 900 euros en casos justificados-.

Importe de la ayuda: hasta el 50% de la renta mensual.

Plazo: 3 años.


AYUDAS PARA MANTENER LAS CASAS DE LOS MAYORES

Edad: más de 65 años.

Beneficiarios:

1.- Hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM.

2.- La vivienda debe ser el domicilio habitual y permanente del recepto de la ayuda.

3.- Patrimonio inferior a 100.000 euros.

Importe de la ayuda: hasta 200 euros al mes para los gastos de mantenimiento de la vivienda en propiedad, comunidad y suministros.

Plazo: 3 años

Como siempre, quedamos a vuestra entera disposición para cualquier cosa que podáis necesitar, un saludo,

Mónica Santos
Área Fiscalidad Nacional e Internacional de Rojumar Asociados

4 comentarios en “Requisitos Plan Estatal de Vivienda

    1. Buenos días Carlos,

      La ley se prevé que salga en el primer trimestre de 2018, dando un plazo de 15 días para la presentación de las solicitudes, como las publicaciones de las leyes nos llegan con dos días de retraso, solo hay 10 días para poder presentar la solicitud. Por ello, a finales de año, os informaremos de la documentación que os van a solicitar para que la tengáis preparada, y así, cuando abra el plazo de solicitudes, la podáis hacer en tiempo y forma, y podáis disfrutar de la ayuda.

      Quedamos a vuestra disposición, para cualquier duda os pueda surgir.
      Un cordial saludo,
      Rojumar Asociados

      Me gusta

Deja un comentario